Test Permiso de Armas — Tema 4: Documentación

La normativa española es muy detallada con respecto a los requisitos y condiciones que solicita a todas aquellas personas que quieran obtener una licencia para portar armas. La finalidad no tiene ningún misterio, se busca conocer en todo momento quién tienen el arma y para cuál uso.
Es un sistema que intenta equilibrar el control con la seguridad de los ciudadanos. Ya sea que se practique la caza, el tiro o incluso sólo se coleccionen estas armas. Estos son algunos detalles importantes a conocer.
Tipos de licencias de armas en España
Si quieres cazar o practicar tiro deportivo, las licencias necesarias para practicarlo son las más típicas de conseguir: las licencias D y E.
Licencia tipo D: armas largas rayadas y requisitos
La licencia tipo D es la específica para las armas largas rayadas. Como, por ejemplo, los rifles, los típicos de caza mayor. Es decir, los rifles de cerrojos, semiautomáticos, pensados para la caza mayor de especies como ciervos, jabalíes y similares.
Sólo puedes tener una licencia D en vigor por persona. Necesitarías para cazar de la guía de pertenencia de ese rifle en concreto y tu licencia D.
Licencia tipo E: escopetas, límites y excepciones
La licencia tipo E, es un poco más amplia y cubre las escopetas de caza, las de categoría tercera. También cubre algunas armas largas rayadas, pero de calibre 5,6 milímetros, las que se usan para tiro deportivo. Por igual, a las ballestas, categoría 7.2. Y hasta las armas lanzacabos, que son las 7.3.
Con la licencia tipo E, se puede llegar a poseer hasta seis escopetas. O también hasta seis de esas armas largas de tiro deportivo. Pero, cuidado con la cantidad, puesto que existe, un límite global. El máximo total es de 12 armas amparadas por la licencia E.
Si alguien practica la caza menor con escopeta y también la caza mayor con rifle, necesitará las dos licencias. La E para tu escopeta, y la D para tu rifle. Esto muestra que la ley separa mucho por tipo de arma y uso, aunque seas el dueño. Si te gustan varias modalidades, esto podría complicar un poco el papeleo.
Documentos obligatorios para portar un arma
Para usar un arma de fuego necesitarás de algunos documentos básicos como tu licencia, guía de pertenencia y otros más para circunstancias especiales. Todos se obtienen de una forma diferente y cumplen una función en específico.
Antes de profundizar en estos, recuerda que, para solicitar una licencia de armas, necesitas tener cumplidos los 18 años de edad. Además, considera que las armas automáticas, están prohibidas para particulares, porque estas son consideradas como armas de guerra. No hay licencia que valga para que un particular las tenga en su poder.
Guía de pertenencia: qué es y cómo funciona
La guía de pertenencia es tan importante como la licencia del arma. Debido a que esta es como una especie de DNI de la misma. Prácticamente cada arma de fuego necesita la suya propia. Salvo alguna excepción.
Por ejemplo, los arcos no la necesitan. Pero, los rifles de caza mayor, escopetas, incluso armas de aire comprimido o gas, si son potentes a más de 24,2 julios, sí. Pasa lo mismo con las ballestas y los lanzacabos. Todas estas tienen una guía individual, que siempre hay que llevar encima.
Es indispensable que acompañe físicamente al arma en todo momento. No importa si la estás transportando o está guardada en el armero, debe ir con el arma porque allí es dónde está toda la información de la misma.
En una guía de pertenencia se indica la marca, modelo, número de serie y quién es el propietario. Es la clave para saber de quién es cada arma.
Autorización temporal y trámites por pérdida o robo
Cualquier cazador necesita tener consigo la licencia y la guía de pertenencia al usar su arma, pero ¿qué ocurre si la licencia caduca y la renovación tarda? ¿qué ocurre si pierdes la licencia? ¿qué ocurre si te la roban?
Para estos casos especiales, existe la autorización temporal de uso de armas. Es un documento que pides en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil. La puedes solicitar para estos casos.
Si has pedido renovar la licencia porque caduca, si la has perdido o te la han robado, te dan esta autorización temporal, que será válida por tres meses. Esta sólo te permite seguir usando las armas que ya tenías legalmente con la licencia anterior.
Esta autorización está pensada para funcionar mientras se tramita la licencia nueva definitiva. Por lo que no te servirá para comprar armas nuevas, sólo mantener el uso de las tuyas.
Tarjeta Europea de armas de fuego: viajar con armas en la UE
¿Te preocupa la movilidad internacional de tu arma? No es para menos. Para movilizarla fuera de España a Portugal o Francia, tendrás que obtener la Tarjeta Europea de armas de fuego.
Este documento es imprescindible si viajas a otro país de la Unión Europea con tus armas. La tarjeta tiene una validez de 5 años, y allí, estará apuntada información clave de las armas que llevarás contigo en el viaje. La información de las armas concretas, debe coincidir para que sea válida.
Esta tarjeta puede ser obtenida tanto para españoles, como por extranjeros que residan legalmente en España. Para renovarla, es fundamental mantener la titularidad de las armas que ampara esa tarjeta. La tarjeta asociada es como un pasaporte del arma.
Edad mínima y uso de armas por menores
¿Pueden los menores de edad tener armas? Esta es una duda frecuente, pero la respuesta es clara: un menor no puede ser titular ni propietario legal de un arma. Por ejemplo, no puede figurar como titular de una escopeta en la guía de pertenencia.
Sin embargo, sí puede utilizar armas en determinadas circunstancias, siempre que cumpla con los requisitos legales. Para ello, necesita una autorización especial de uso de armas para menores, expedida por la Intervención de Armas de la Guardia Civil. Esta autorización tiene validez limitada hasta que el menor cumple los 18 años.
Edades mínimas por categoría de arma
| Categoría de arma | Tipo de arma | Edad mínima para uso | Requiere autorización especial |
|---|---|---|---|
| 2ª.2 | Armas largas rayadas (rifles de caza mayor o tiro deportivo) | 16 años | Sí |
| 3ª.2 | Escopetas de ánima lisa | 14 años | Sí |
| 3ª.3 | Armas de avancarga y carabinas de aire comprimido > 24,2 julios | 14 años | Sí |
Requisitos de supervisión y responsabilidades del acompañante
El menor siempre debe estar acompañado por una persona mayor de edad que posea una licencia de armas en vigor (tipo D, E o F, según el tipo de arma). Esta persona debe:
- Comprometerse por escrito a acompañar y vigilar al menor en cada actividad cinegética o deportiva.
- Ejercer supervisión directa y continua durante el uso del arma.
- Asumir la responsabilidad legal por cualquier incidente derivado del uso del arma por el menor.
Además, la solicitud de autorización especial debe estar firmada tanto por el menor como por quien ejerza la patria potestad o tutela legal (padres o tutores).
Validez, renovación y visado de licencias
Las licencias de armas tienen una validez, pero no es la misma. Esta va cambiando según la edad. La edad del titular influye mucho en cuánto dura la licencia antes de tener que renovarla. Por ejemplo, una licencia D, que es para rifle de caza mayor, si te la conceden con 55 años, te durará 5 años en vigencia.
Lo mismo pasa con las licencias tipo E, la de la escopeta. Si estás entre los 50 y los 60 años, también serían 5 años de validez inicial.
Si te dan una licencia E, ya con 62 años, la validez es de 5 años.
Si es una licencia D y tienes 68 años, tendrá una validez de 5 años y deberá ser visada cada 3 años.
Si tienes 71 y 72 años, tanto para la D como para la E, la validez es también de 5 años y debe ser visada cada 3 años.
Es una obligación visar la licencia cada cierto tiempo a partir de los 67 años. Visar es como una reconfirmación, una revisión. Entonces, la reducción de plazos empieza incluso antes de esos 67 años para asegurar que las condiciones psicofísicas siguen siendo adecuadas.
¿Qué pasa si alguien deja de cumplir los requisitos?
Si alguien en cualquier momento deja de cumplir los requisitos por un problema médico o legal, la licencia será revocada, y la administración te la quitará.
Esa revocación puede implicar que no puedas volver a solicitarla durante un tiempo, según el Reglamento de Armas, por un período máximo de 2 años. La administración puede verificar que sigues cumpliendo los requisitos en cualquier momento. No sólo cuando toca renovar o visar. El control es continuo, y la vigencia de la licencia depende totalmente de mantener esas condiciones.
Si pides la licencia por primera vez, tienen un plazo máximo de tres meses para darte una respuesta.
Claves para la tenencia responsable de armas
De acuerdo al reglamento, estos son algunos de los requisitos básicos para obtener de forma responsable las licencias E y D:
Prueba de capacitación
Para obtener las licencias E y D, es también necesario superar las pruebas de capacitación. Estas son más que un simple trámite. Sirven para demostrar la aptitud de la persona, antes incluso de empezar con la burocracia más seria.
Se centran en conocer el funcionamiento del arma. Sobre todo, cómo cuidarla, cómo manejarla y usarla con seguridad. Es como un filtro práctico que valora la habilidad real. Un primer paso indispensable.
Doble filtro de documentación
Una vez se ha demostrado la habilidad real en la primera prueba, será tiempo de mostrar los papeles concretos. Para la licencia D, las armas largas rayadas para la caza mayor, es necesario el doble filtro de documentación.
Por un lado, está el certificado de antecedentes penales. Por lo que, tu situación legal tiene que estar impoluta. Por otro, está el informe de aptitudes psicofísicas. El sistema prioriza la prevención con los antecedentes y la aptitud personal, dibujando así un perfil muy específico del titular que se considera idóneo para usar un arma de fuego.
Para la licencia E, la que cubre escopetas y armas similares con el propósito de la caza menor o tiro deportivo, se mantiene la solicitud de los antecedentes penales en vigor y el informe psicofísico.
Pero se añade otro requisito, tendrás que acreditar la dedicación real. Que sería la caza o el deporte correspondiente. Esto vincula directamente la posesión del arma con un uso previsto y regulado. Ya no basta con ser apto y legalmente fiable.
Hay que justificar para qué quieres esa licencia específica. Es una conexión directa entre el permiso y la actividad. Lo que sí no es necesario, es el certificado del alcalde, que en un pasado era requerido.
Por último, se indica que quien emite la guía de pertenencia es la Guardia Civil, este detalle no hace más que revelar la centralización y el rigor del control que ejerce esta unidad específica de la Guardia Civil. Quien es la que expide este documento y lleva el registro.
En fin, para obtener estas licencias en España, no basta con quererlas. Hay que demostrar habilidad práctica para ello.
Conclusiones
La regulación de armas de fuego en España es un sistema con muchas capas, bastante regulación y que nos lleva a comprender que se trata de una estructura equilibrada que necesita de control y seguridad para funcionar.
Todos los requisitos y documentación requerida buscan saber quiénes son las personas que practican la caza, el tiro o quiénes son coleccionistas. Asimismo, la edad mínima para tener armas, sólo busca la supervisión adulta constante y comprometida, para evitar accidentes que son prevenibles.
Pasa lo mismo con la forma con la que a medida que se envejece se va reduciendo drásticamente la validez de las licencias para adultos, lo que implica un escrutinio más frecuente.
La Guardia Civil siempre trabajará bajo la premisa del control, la de la seguridad y la de vincular claramente la tenencia de armas a prácticas definidas y reguladas.
Preguntas frecuentes del Tema 4: Documentación, licencias y trámites
¿Puede un rifle automático ampararse con una licencia de armas tipo D?
No, porque se considera arma de guerra prohibida a particulares. La licencia tipo D autoriza únicamente armas largas rayadas para caza mayor, pero excluye expresamente las armas automáticas, ya que estas están clasificadas como armas de guerra. No importa el tipo de munición ni el uso previsto: la prohibición es absoluta para particulares, sin excepción.
¿Cuál es la edad mínima para solicitar una licencia de armas?
18 años. La normativa establece que solo las personas mayores de edad pueden ser titulares de una licencia de armas. Aunque los menores pueden usar armas en circunstancias muy concretas (con autorización especial), nunca pueden ser titulares de una licencia, ni figurar como propietarios.
¿Cuántas licencias de armas tipo D puede poseer una persona?
Una sola licencia D. La licencia D es única por persona, independientemente del número de rifles que posea. El control administrativo se centra en la licencia como habilitación personal, no en el número de armas, que se regula mediante guías de pertenencia.
¿Qué documentación debe portar el titular cuando caza con un rifle de caza mayor?
Licencia D y guía de pertenencia del arma utilizada. Durante el uso del arma (caza, transporte o depósito), la guía de pertenencia debe acompañar físicamente al arma, ya que es su documento identificativo. La licencia acredita al titular; la guía acredita al arma concreta.
¿Puede concederse una licencia de armas a un español residente en Francia?
Sí. La residencia en el extranjero no impide la concesión de una licencia, siempre que el solicitante sea español y cumpla todos los requisitos legales. La clave es la nacionalidad y el cumplimiento de las condiciones exigidas por el Reglamento de Armas.
¿Puede usarse para cazar una escopeta inscrita en un Libro-Registro de coleccionista?
No, porque está prohibida su circulación. Las armas inscritas como piezas de colección no pueden utilizarse, ya que su finalidad es exclusivamente histórica o expositiva. Aunque el titular tenga licencia E, el arma queda fuera del circuito funcional.
¿Qué licencia es necesaria para poseer una escopeta de caza en España?
Licencia de armas tipo E. Las escopetas pertenecen a la categoría 3ª.2 y requieren licencia E, no tarjeta de armas ni permiso genérico. La tarjeta de armas solo se aplica a armas de aire comprimido de menor potencia.
¿Quién puede poseer y usar miras telescópicas para armas de caza mayor?
Las personas con licencia de armas tipo D. Las miras telescópicas están consideradas elementos accesorios regulados, y su uso queda vinculado a la posesión legal del arma principal. Solo quienes estén habilitados para rifles de caza mayor pueden utilizarlas.
¿Qué licencia necesita el propietario de una escopeta y un rifle de caza mayor?
Licencia D y licencia E. Cada tipo de arma exige su licencia específica. La licencia D no ampara escopetas, ni la E ampara rifles de caza mayor. Tener ambas armas implica tener ambas licencias, sin excepciones.
¿Qué es una autorización temporal de uso de armas?
Una autorización expedida por la Intervención de Armas con validez de tres meses para seguir usando armas ya legalizadas. Esta autorización se concede cuando la licencia está próxima a caducar, se ha perdido o está en renovación. No permite adquirir armas nuevas, solo continuar usando las ya registradas mientras se resuelve el trámite.
¿Qué documento identifica individualmente a cada arma de fuego?
La guía de pertenencia. La guía de pertenencia es el “DNI del arma”. Contiene marca, modelo, número de serie y titularidad. Cada arma tiene su propia guía, salvo excepciones muy concretas (como los arcos).
¿En qué situaciones debe acompañar la guía de pertenencia al arma?
En uso, transporte y depósito. La guía debe acompañar siempre al arma, incluso cuando está guardada en un armero. No llevarla supone infracción, aunque el arma esté legalmente registrada.
¿Qué armas están exentas de guía de pertenencia?
Los arcos. Los arcos no se consideran armas de fuego ni armas reguladas por guía. En cambio, escopetas, rifles, ballestas y armas de aire comprimido potentes sí requieren documentación específica.
¿Cuál es la vigencia de la Tarjeta Europea de Armas de Fuego?
Cinco años. La Tarjeta Europea permite viajar con armas por la UE y tiene una validez fija de cinco años, siempre que se mantenga la titularidad de las armas que figuran en ella.
¿Qué armas figuran en la Tarjeta Europea de Armas?
Las que lleve o utilice su titular. No figuran todas las armas del titular, sino solo aquellas que se pretenda transportar o usar en el extranjero, y deben coincidir exactamente con las guías de pertenencia.
¿Puede un menor ser titular de una escopeta?
No, un menor no puede ser titular de un arma. Aunque un menor pueda usar armas con autorización especial, la titularidad siempre corresponde a un adulto. El menor nunca figura como propietario en la guía.
¿A partir de qué edad es obligatorio visar una licencia de armas?
A partir de los 67 años. Desde esa edad, las licencias deben ser visadas periódicamente para comprobar que el titular mantiene las condiciones psicofísicas necesarias.
¿En qué plazo debe resolverse una solicitud de licencia de armas?
Tres meses. La Administración dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver. Si no hay respuesta en ese tiempo, no implica concesión automática, pero sí permite reclamar.
